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PARAÍSOS FISCALES.
 
El Grupo de Acción Financiera (FATF-GAFI) cita las modalidades más habituales de blanqueo de dinero que se llevan a cabo en el sistema financiero internacional, y entre las que destacan aquellas que utilizan la red Internet como instrumento para dichas transacciones.

Las modalidades de Blanqueo de dinero a través de los sistemas de banca electrónica y banca convencional, de acuerdo con el citado informe son las siguientes:

- Ingresar grandes sumas de dinero en una cuenta con el fin de efectuar inmediatamente una transferencia electrónica a otra cuenta.

- Smurfing: numerosos depósitos de pequeñas cantidades, situadas por debajo de la obligación de declarar y en varias cuentas, desde las que se efectúan transferencias a otra cuenta generalmente en el extranjero.

- Uso de identidades falsas, testaferros y sociedades pantalla, constituidas en otra jurisdicción para dificultar la identidad del verdadero origen de la transferencia.

- Uso de entidades Offshore y abogados que protegen a su cliente mediante la figura del secreto profesional.

- Introducción de personas de confianza en pequeñas entidades financieras o en delegaciones.

- Cuentas de colecta o recaudación: un número importante de inmigrantes hacen pequeños ingresos sucesivos que envían al exterior de forma agrupada.

- Depósitos en una cuenta extranjera de una cantidad que actúa como garantía de préstamo es enviada al país de origen como operación legítima que justifica la recepción de ese capital.

- Las transferencias electrónicas son el principal instrumento de dinero para el blanqueo de dinero, debido a la rapidez con que se transfiere el dinero a través de diversas jurisdicciones.


Se han detectado depósitos de grandes sumas de dinero en efectivo realizados por personas de la antigua Unión Soviética y de países de la Europa del Este.

- A pesar de las mejoras en los sistemas de identificación de los clientes de una entidad financiera, sigue habiendo problemas para conocer la identidad de aquel que ordena transferencias electrónicas desde determinados países. En este campo serán muy útiles los acuerdos relativos a las autoridades de certificación.

Una de las características de Internet es la dificultad de asociar una actividad "on line" a una situación física definida. Ello genera dificultades para determinar el sistema tributario aplicable a una transacción, o a un negocio totalmente virtual y favorece la utilización de paraísos fiscales como sede virtual de empresas y de ofertas comerciales que tienen su verdadero origen en otro país cuyo sistema tributario se trata de eludir.Quienes utilizan los paraísos fiscales no necesitan trasladarse hasta allí.
Internet es una de las más importantes vías de acceso para este tipo de operaciones. Los pasos que estas personas o empresas dan son los que siguen:
- Contratan por teléfono a un abogado residente en el propio paraíso fiscal. Es posible que les pidan el número de su D.N.I., fotocopia del pasaporte y una carta de referencia de un banco. Esta información sirve de filtro para evitar rentas procedentes de actividades ilícitas, como el narcotráfico.

- El abogado constituye la sociedad en su domicilio.

- Inscribe la sociedad, libre de impuestos, y la hace operativa.

- El representante legal envía una copia de la escritura a su cliente.

- El abogado presta su nombre a la cabeza visible de la organización, mientras que las acciones al portador pasan a las cajas fuertes de sus anónimos titulares.

- La corporación permite invertir, en nombre de la compañía, en multitud de operaciones como la adquisición de propiedades inmobiliarias o los negocios de exportación e importación.

En cualquier caso, deberá tener en cuenta que estas operaciones están en el punto de mira de la Agencia Tributaria. Así, un creciente numero de instituciones financieras están suministrando una variedad de servicios bancarios a través de Internet.
Al mismo tiempo, otras entidades utilizan Internet para ofrecer servicios de blanqueo de dinero, a veces autodenominándose como legitimas prestadoras de servicios financieros offshore o de oportunidades de inversión.

Con la inmensidad de todos los tipos de actividades comerciales a través de Internet, y la percepción de abuso de este medio, los expertos del FATF examinaron esta materia más detenidamente en un intento de deducir las debilidades del blanqueo de dinero.

En lo que concierne a los bancos on line es obvia la reducción del contacto face to face, cara a cara entre la Institución financiera y el cliente. El cliente podrá acceder normalmente a su cuenta desde un ordenador personal usando un Navegador de Internet y acceder a través del proveedor de servicios de Internet (ISP).

El acceso se podrá realizar a través de un código personal de identificación al servidor de web del banco otorgado por el propio banco, y, cuando se utilice un encriptador será necesario que el banco provea del software que genere esa encriptación.

Como este acceso es indirecto, la institución podría no tener medios para verificar la identidad personal del acceso en curso a la cuenta. Además con la creciente movilidad para el acceso a Internet, actualmente un cliente puede acceder a su cuenta desde cualquier lugar del mundo, porque el acceso es obtenido a través del servidor ISP, sin embargo, la institución podría no tener manera de verificar desde donde se ha accedido.

Esencialmente, un deseo individual de ocultar la verdadera identidad, incluyendo la de blanqueadores de dinero u otros criminales, podría ser capaz de tener acceso inrestringido y controlar las cuentas desde cualquier lugar del mundo.

Hasta la fecha los expertos de la FATF-Gafi han visto algunos casos de blanqueo de dinero a través de bancos "on line". Dinamarca tiene un caso en que una web fue anunciada como otra jurisdicción para blanqueo de dinero.

Las debilidades se basan en que muy pocos requisitos legales de identificación son necesarios para las comprobaciones de identidad, el punto crucial está en que no se produce una interacción entre el cliente y el empleado en ningún momento. Japón por ejemplo para evitar esto solo da acceso a cuentas de Internet si en la apertura se produjo un cara a cara cliente-empleado, pero en Bélgica la legislación antiblanqueo no hace esta distinción acerca del inicio de la relación, se puede hacer a través de fax, carta, E-mail o Internet, allí la institución establece la identidad a través de un documento, del cual la propia entidad tiene copia en su en su poder.

En Estados Unidos, la apertura de la cuenta puede realizarse on line, sin embargo el cliente debe proveer a al banco de unos números de seguridad que son objeto de verificación.

La identificación inicial al principio de la relación de negocios podría no ser suficiente, según los expertos del GAFI, para detectar el desarrollo de serias estructuras criminales organizadas una vez se ha dado el primer paso. Con la eliminación del personal de contacto será mecho más difícil saber quien controla la cuenta, y en que se basan las prácticas financieras de sus clientes, de hecho el único dato que tendrán será el horario de acceso y el numero de la cuenta, la suma de dinero involucrada en la operación, no sabrá siquiera desde donde se ha realizado la operación.

El Banco solo podrá saber que acceso se llevó a cabo en la cuenta en una cuenta de su nominal. Esto lleva a pensar a los expertos del la FATF-GAFI que un individuo podría controlar un gran número de cuentas simultáneamente sin que se dedujese una actividad ilícita, ni despertase las sospechas de las propias entidades.
Otro campo que preocupa a los expertos es que regulación es aplicable o a que jurisdicción le correspondería la persecución de estas operaciones de blanqueo de capitales. La banca en Internet, además de otras muchas cosas, ha roto con las fronteras de los Estados.

Un Navegador rápido de listas de servicios financieros disponibles muestra una gran cantidad de ofertas de servicios que no requieren siquiera la localización del Banco que sostiene la cuenta, y con la que se pretende realizar las operaciones.
La naturaleza de Internet es tal que un país en concreto puede encontrar dificultad, sino es imposible, prohibir a sus ciudadanos contratar servicios financieros mas allá de sus fronteras desde cuentas situadas en Internet.



Fuente:
Héctor Iparraguirre Licenciado en Derecho - Especialista en Derecho Nuevas Tecnologías
http://www.delitosinformaticos.com

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