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NUEVA LEY DE AUTÓNOMOS.
 
APROBADO EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES AÜTÓNOMOS.

Por fin el Gobierno ha dado luz verde al Estatuto de los Trabajadores Autónomos. Se trata de una sustancial mejora que sirve para reducir las diferencias de los trabajadores autónomos respecto al resto de los empleados. La nueva ordenación atiende algunas de las reivindicaciones históricas de este colectivo y soluciona, en parte, los sus problemas de desprotección. En líneas generales, define claramente la figura del autónomo y sus derechos y labores. Entre los aspectos más destacados se encuentra la regulación de la prevención de riesgos laborales y el establecimiento de garantías económicas para este tipo de trabajadores. Es decir, se mejora las prestaciones de las bajas de los autónomos, que además podrán cobrar el paro cuando cesen su actividad y se permitirá la prejubilación para empleados vinculados a actividades tóxicas o peligrosas. También se ‘abre la mano’ en el ámbito de la contratación y los autónomos podrán contratar a los hijos menores de 30 años, al tiempo que por fin se regula la situación de los autónomos dependientes.En próximos posts iremos analizando en profundidad el nuevo estatuto, sus ventajas e inconvenientes y sus disposiciones.

LA NUEVA SITUACIÓN DE LOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES.

El nuevo Estatuto del Trabajador Autónomo ha servido no sólo para mejorar las condiciones generales de este tipo de trabajadores, sino también para aclarar la situación de alguno de ellos. Esto es precisamente lo que ocurre con los trabajadores autónomos dependientes, a los que se puede considerar unos de los grandes olvidados históricamente por el Ejecutivo. Gracias al nuevo marco legal se define perfectamente la figura de estos emprendedores, así como las normas laborales a las que están sujetos. En este sentido, un autónomo dependiente es aquel empresario cuyos ingresos dependen por lo menos en un 75 por ciento de un sólo cliente, es decir, que la mayor parte de sus ganancias están supeditadas a lo haga uno solo de sus usuarios. Pero este es sólo una de sus principales características y requisitos. Además, este tipo de emprendedores no pueden tener otros empleados a su cargo ni subcontratar parte de su actividad a terceros.

Por otra parte, tampoco podrá desarrollar su labor de forma conjunta e indiferenciada con los trabajadores de su cliente principales, es decir, ocupar un puesto igual que el de cualquier asalariado de la empresa, y debe disponer de su propia infraestructura productiva y material. Todas estas disposiciones que definen al autónomo dependiente sirven también sirven como contraposición de los llamados ‘falsos autónomos’. Estos no son más que aquellos trabajadores que, siendo autónomos, realizan su labor como un asalariado más de la compañía. Fuera de esta consideración también quedan, como recoge el artículo 11 del Capítulo tercero del nuevo texto, “los titulares de establecimientos o locales comerciales e industriales y de oficinas y despachos abiertos al público y los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario”.En su afán por reconocer las peculiaridades de estos trabajadores, en su contrato con el cliente debe figurar explícitamente su condición de autónomo dependiente económicamente.

Además, para hacer más segura su posición, la duración del contrato será indefinida, siempre y cuando no se haya fijado una fecha de fin con anterioridad. En esta misma línea se encuadran los derechos que poseerá en lo que a vacaciones se refiere. De esta forma, la nueva normativa refleja que deberá interrumpir su actividad, como mínimo, durante 15 días al año. El contrato con el cliente también deberá indicar por escrito el régimen de descanso semanal y en ningún caso el autónomo podrá exceder del 30 por ciento del tiempo de trabajo pactado.

En definitiva, el nuevo estatuto reconoce, por fin, la figura del autónomo dependiente y sus peculiaridades y establece unos mecanismos que se ajustan más a sus características y protegen mejor a estos trabajadores.

PROMOCIÓN PARA NUEVOS AUTÓNOMOS

 

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha anunciado una serie de medidas encaminadas a animar a que los parados transformen su situación para convertirse en autónomos. El nuevo programa de fomento del empleo autónomo subirá de 3.005 a 5.000 euros, cifra que variará dependiendo de las características del demandante y, sobre todo, de su género (las mujeres salen beneficiadas para fomentar la igualdad laboral debido a su mayor dificultad para insertarse en el mercado laboral). En este sentido, los jóvenes menores de 30 años recibirán algo más 6.000 euros (7.000 en el caso femenino). Por su parte, las personas discapacitadas que quieran comenzar su propio negocio podrán disponer de hasta 8.000 euros (10.000 euros en el caso de las féminas).En cualquier caso, las ayudas están supeditadas a que se realice una inversión no inferior a los 5.000 euros por parte del ‘nuevo empresario’ entre los tres meses anteriores y los seis posteriores a la puesta en marcha del negocio. El nuevo programa, que sustituye al vigente durante los últimos 20 años, contempla, además, una serie de subvenciones para reducir los intereses de los préstamos para comenzar la actividad empresarial.

Estas ayudas, que estarán gestionadas por las autoridades autonómicas, suponen una reducción de hasta tres puntos del interés de los préstamos. En el caso de los micro créditos pueden incluso alcanzar la totalidad de los mismos. Los nuevos autónomos también recibirán ayudas para su formación, concretamente de hasta un 75% del coste de los cursos que necesiten hasta un máximo de 3.00 euros. Las subvenciones en el caso de la asistencia técnica también alcanzarán el cuarto de la cuantía total, pero en este caso hasta un tope de 2.000 euros.Este programa debe servir para aumentar notablemente el número de autónomos y fortalecer aún más a este colectivo, que además recientemente estrenará un nuevo estatuto que iremos desgranando en posteriores posts.

MÁS AUTÓNOMOS Y MENOS COTIZACIÓN.

El número de trabajadores autónomos sigue creciendo en nuestro país según los datos facilitados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). En el último año más de 108.000 nuevos cotizantes se han unido al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que ya superan los 3,1 millones de personas. Su régimen de crecimiento interanual alcanza ya casi el 3,6 poe ciento.

Por comunidades autónomas, Cataluña continúa liderando el ‘ranking’ con 574.476 autónomos, seguida de Andalucía con 574.476 trabajadores por cuenta propia, Madrid, que suma 375.230 y Comunidad Valencia, donde la cifra alcanza los 359.530.

Además de aumentar en número, la UPTA también quiere que este colectivo siga ampliando sus derechos gracias al recientemente aprobado Estatuto del Trabajador Autónomo que entrará en vigor el próximo 12 de octubre y que todavía está desarrollando el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En concreto, la asociación planea solicitar a finales de mes una reducción de las bases de cotización de los colectivos dedicados al comercio ambulante y la venta directa, así como de los de trabajadores con discapacidad.

Del mismo modo, también han instado al Gobierno a que inicie cuanto antes una campaña informativa para dar a conocer las nuevas condiciones que plantea el Estatuto, algo más que necesario.



Fuente: http://www.finanzzas.com/


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