APROBADO EL
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES AÜTÓNOMOS.
Por fin el Gobierno ha dado luz verde al Estatuto de los Trabajadores Autónomos.
Se trata de una sustancial mejora que sirve para reducir las diferencias de los
trabajadores autónomos respecto al resto de los empleados. La nueva ordenación
atiende algunas de las reivindicaciones históricas de este colectivo y
soluciona, en parte, los sus problemas de desprotección. En líneas generales,
define claramente la figura del autónomo y sus derechos y labores. Entre los
aspectos más destacados se encuentra la regulación de la prevención de riesgos
laborales y el establecimiento de garantías económicas para este tipo de
trabajadores. Es decir, se mejora las prestaciones de las bajas de los
autónomos, que además podrán cobrar el paro cuando cesen su actividad y se
permitirá la prejubilación para empleados vinculados a actividades tóxicas o
peligrosas. También se ‘abre la mano’ en el ámbito de la contratación y los
autónomos podrán contratar a los hijos menores de 30 años, al tiempo que por fin
se regula la situación de los autónomos dependientes.En próximos posts iremos
analizando en profundidad el nuevo estatuto, sus ventajas e inconvenientes y sus
disposiciones.
LA NUEVA
SITUACIÓN DE LOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES.
El nuevo Estatuto del Trabajador Autónomo ha servido no sólo para mejorar las
condiciones generales de este tipo de trabajadores, sino también para aclarar la
situación de alguno de ellos. Esto es precisamente lo que ocurre con los
trabajadores autónomos dependientes, a los que se puede considerar unos de los
grandes olvidados históricamente por el Ejecutivo. Gracias al nuevo marco legal
se define perfectamente la figura de estos emprendedores, así como las normas
laborales a las que están sujetos. En este sentido, un autónomo dependiente es
aquel empresario cuyos ingresos dependen por lo menos en un 75 por ciento de un
sólo cliente, es decir, que la mayor parte de sus ganancias están supeditadas a
lo haga uno solo de sus usuarios. Pero este es sólo una de sus principales
características y requisitos. Además, este tipo de emprendedores no pueden tener
otros empleados a su cargo ni subcontratar parte de su actividad a terceros.
Por
otra parte, tampoco podrá desarrollar su labor de forma conjunta e
indiferenciada con los trabajadores de su cliente principales, es decir, ocupar
un puesto igual que el de cualquier asalariado de la empresa, y debe disponer de
su propia infraestructura productiva y material. Todas estas disposiciones que
definen al autónomo dependiente sirven también sirven como contraposición de los
llamados ‘falsos autónomos’. Estos no son más que aquellos trabajadores que,
siendo autónomos, realizan su labor como un asalariado más de la compañía. Fuera
de esta consideración también quedan, como recoge el artículo 11 del Capítulo
tercero del nuevo texto, “los titulares de establecimientos o locales
comerciales e industriales y de oficinas y despachos abiertos al público y los
profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen
societario”.En su afán por reconocer las peculiaridades de estos trabajadores,
en su contrato con el cliente debe figurar explícitamente su condición de
autónomo dependiente económicamente.
Además, para hacer más segura su posición,
la duración del contrato será indefinida, siempre y cuando no se haya fijado una
fecha de fin con anterioridad. En esta misma línea se encuadran los derechos que
poseerá en lo que a vacaciones se refiere. De esta forma, la nueva normativa
refleja que deberá interrumpir su actividad, como mínimo, durante 15 días al
año. El contrato con el cliente también deberá indicar por escrito el régimen de
descanso semanal y en ningún caso el autónomo podrá exceder del 30 por ciento
del tiempo de trabajo pactado.
En definitiva, el nuevo estatuto reconoce, por fin, la figura del autónomo
dependiente y sus peculiaridades y establece unos mecanismos que se ajustan más
a sus características y protegen mejor a estos trabajadores.
PROMOCIÓN
PARA NUEVOS AUTÓNOMOS
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha anunciado una serie de medidas
encaminadas a animar a que los parados transformen su situación para convertirse
en autónomos. El nuevo programa de fomento del empleo autónomo subirá de 3.005 a
5.000 euros, cifra que variará dependiendo de las características del demandante
y, sobre todo, de su género (las mujeres salen beneficiadas para fomentar la
igualdad laboral debido a su mayor dificultad para insertarse en el mercado
laboral). En este sentido, los jóvenes menores de 30 años recibirán algo más
6.000 euros (7.000 en el caso femenino). Por su parte, las personas
discapacitadas que quieran comenzar su propio negocio podrán disponer de hasta
8.000 euros (10.000 euros en el caso de las féminas).En cualquier caso, las
ayudas están supeditadas a que se realice una inversión no inferior a los 5.000
euros por parte del ‘nuevo empresario’ entre los tres meses anteriores y los
seis posteriores a la puesta en marcha del negocio. El nuevo programa, que
sustituye al vigente durante los últimos 20 años, contempla, además, una serie
de subvenciones para reducir los intereses de los préstamos para comenzar la
actividad empresarial.
Estas ayudas, que estarán gestionadas por las autoridades
autonómicas, suponen una reducción de hasta tres puntos del interés de los
préstamos. En el caso de los micro créditos pueden incluso alcanzar la totalidad
de los mismos. Los nuevos autónomos también recibirán ayudas para su formación,
concretamente de hasta un 75% del coste de los cursos que necesiten hasta un
máximo de 3.00 euros. Las subvenciones en el caso de la asistencia técnica
también alcanzarán el cuarto de la cuantía total, pero en este caso hasta un
tope de 2.000 euros.Este programa debe servir para aumentar notablemente el
número de autónomos y fortalecer aún más a este colectivo, que además
recientemente estrenará un nuevo estatuto que iremos desgranando en posteriores
posts.
MÁS
AUTÓNOMOS Y MENOS COTIZACIÓN.
El número de trabajadores autónomos sigue creciendo en nuestro país según los
datos facilitados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).
En el último año más de 108.000 nuevos cotizantes se han unido al Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos, que ya superan los 3,1 millones de personas.
Su régimen de crecimiento interanual alcanza ya casi el 3,6 poe ciento.
Por comunidades autónomas, Cataluña continúa liderando el ‘ranking’ con 574.476
autónomos, seguida de Andalucía con 574.476 trabajadores por cuenta propia,
Madrid, que suma 375.230 y Comunidad Valencia, donde la cifra alcanza los
359.530.
Además de aumentar en número, la UPTA también quiere que este colectivo siga
ampliando sus derechos gracias al recientemente aprobado Estatuto del Trabajador
Autónomo que entrará en vigor el próximo 12 de octubre y que todavía está
desarrollando el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En concreto, la
asociación planea solicitar a finales de mes una reducción de las bases de
cotización de los colectivos dedicados al comercio ambulante y la venta directa,
así como de los de trabajadores con discapacidad.
Del mismo modo, también han instado al Gobierno a que inicie cuanto antes una
campaña informativa para dar a conocer las nuevas condiciones que plantea el
Estatuto, algo más que necesario.
Fuente: http://www.finanzzas.com/